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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39061 >> Fecha 08/05/2015 >> Articulo 50
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39061 - Articulo 50
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Artículo 50
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Artículo 50.—De la exención. Todas las investigaciones consideradas en el artículo 61 de la Ley Nº 9234 como exentas del pago del canon correspondiente, especialmente aquellas que hayan sido consideradas como de interés público por el Poder Ejecutivo o las que sean consideradas prioridad sanitaria por el Ministerio de Salud, en consideración a las obligaciones del estado, deben presentar al Conis una carta autenticada firmada por la autoridad competente que avale su condición para ser exento.


 

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