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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39094 - A >> Fecha 26/05/2015 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39094 - A - Articulo 10
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Artículo 10
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SECCIÓN V

Unidad de Cooperación Internacional 

Artículo 10.—Competencias y Relación Jerárquica. Corresponde a la Unidad de Cooperación Internacional: 

a) Definir la orientación estratégica de las relaciones internacionales y coordinar la gestión de cooperación internacional del MICITT involucrando la cooperación oficial al desarrollo (COD) reembolsable y no reembolsable, relaciones diplomáticas, alianzas público privadas para el desarrollo (APPD) y compromisos internacionales. 

b) Depende del Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.

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