CAPÍTULO II
De las instancias responsables del proceso
Artículo 9º—Instancia directiva. Las
directrices generales que serán aplicadas para la puesta en marcha del Fondo,
serán emitidas por el Consejo Nacional de Cinematografía, como órgano regente
del CCPC.
Como
parte de sus competencias, están:
a.
Aprobar las bases de participación para cada convocatoria, según propuesta
formulada por el Director General del CCPC.
b.
Avalar la decisión tomada por el Jurado Seleccionador, en cada convocatoria,
para emitir la resolución administrativa que servirá como fundamento legal de
los convenios de ejecución.
c.
Exigir cuentas al Director General del CCPC, en la aplicación del programa.
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