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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39127 >> Fecha 15/07/2015 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39127 - Articulo 3
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Artículo 3
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CAPÍTULO II

De la Comisión Ad Hoc

Artículo 3º—De la Comisión Ad Hoc. De conformidad con el artículo 15 del Estatuto, el Ministro nombrará cada dos años una Comisión Ad Hoc que organizará, gestionará y ejecutará las fases de evaluación de los concursos de oposición.


 

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