ARTÍCULO
7.- Seguimiento, vigilancia y control
El Instituto Nacional
de las Mujeres (Inamu) coordinará una mesa de trabajo con la participación de
los entes de control, la academia y las organizaciones sociales, con el objeto de
hacer seguimiento y coadyuvar al proceso de implementación de la encuesta de
uso del tiempo.
El
Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) presentará a la mesa de
trabajo informes semestrales de avance que den cuenta de las labores que se
adelantan para dar cumplimiento a la ley.
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