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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39295 >> Fecha 22/06/2015 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39295 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17- Las empresas de los sectores de industria, comercio, servicios y del sub sector Tecnologías de Información y Comunicación y cualquier otro subsector que se agregue, de conformidad con el procedimiento establecido en el párrafo segundo del artículo 14 del presente Reglamento, se clasificarán con base en el puntaje "P" obtenido, según el siguiente criterio:

a) Microempresa: 1≤P ≤10

b) Pequeña Empresa: 10 < P ≤ 35

c) Mediana Empresa: 35 < P ≤ 100

 (Nota de Sinalevi: Mediante resolución Nº 018-2021 del 15 de marzo del 2021 se acordó actualizar los valores de referencia de los parámetros monetarios de ventas netas, activos fijos y activos totales, de los sectores de industria, comercio, servicios, así como el valor de referencia del parámetro cantidad de empleados de los sectores de comercio y servicio de tecnologías de información, señalados en los artículos 15, 16 y 17 del Reglamento a la Ley N° 8262 de conformidad con la siguiente formula:)

P = [(Fpe * pe/Dpe) + (Finpf * inpf/Dinpf) + (Fan * an/Dan)] * 100

Además de lo que se indica en la regulación y considerando la referencia de índices que utiliza el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) para el índice de Precios al Consumidor (IPC 2020=100) y del Banco Central de Costa Rica (BCCR) para el Índice Precios al Productor de la Manufactura (IPP-MAN 2012=100) y los siguientes parámetros por sector:

 

Industria

Comercio

Servicio

Fpe

0,6

0,6

0,6

Fipf

0,3

0,3

0,3

Fan

0,1

0,1

0,1

Dpe

100

100

100

Dinpf

3 690 086 072

3.763.741.305

3.763.741.305

Dan

1 340 464 181

2.213.758.682

2.213.758.682

 

Donde:

P: Corresponde al puntaje obtenido por la empresa.

Fpe: Factor al personal empleado corresponde al multiplicador del personal empleado en la fórmula de cálculo de tamaño de empresa,

pe: Personal promedio empleado

Dpe: Divisor al personal empleado que se utiliza en la fórmula de cálculo del tamaño de la empresa.

Finpf: Factor al ingreso neto del último periodo fiscal, corresponde al multiplicador del ingreso obtenido en el periodo fiscal descontando devoluciones y descuentos en la fórmula de cálculo de tamaño de empresa.

inpf: Ingreso neto obtenido en el último periodo fiscal.

Dinpf: Divisor del ingreso neto.

Fan: Factor al activo neto, corresponde al multiplicador al activo neto en la fórmula de cálculo de tamaño de empresa.

an: Activo Neto:

- Para el sector Industrial corresponde al Activo Fijo Neto=afn.

- Para los otros sectores (Comercio, Servicios y Tecnologías de Información) corresponde al Activo Total Neto=atn.

Dan: Divisor activo neto: Corresponde al divisor del activo neto.

Siendo que:

a) Para determinar el tamaño de las empresas del sector Industrial, se utilizará la siguiente fórmula:

P = [(0,6 x pe/100) + (0,3 x inpf/¢3 690 086 072) + (0,1 x afn/¢1 340 464 181)] x 100

b) Para determinar el tamaño de las empresas de los sectores de comercio y servicios, se utilizará la siguiente fórmula:

P= [(0,6 x pe/100) + (0,3 x inpf/ ¢3 737 750 698) + (0,1 x an/¢2 198 471 517)] x 100")

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