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 Normativa >> Reglamento 117 - A >> Fecha 26/10/2015 >> Articulo 7
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Normativa - Reglamento 117 - A - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—Descuentos del precio base. El precio base de venta, tanto de la primera como de la segunda publicación, será el del avalúo.

En la tercera publicación, el precio base tendrá un descuento del 15% sobre el precio base anterior.

La Dirección Ejecutiva con fundamento en estudios técnicos, podrá autorizar ventas con descuentos en el precio base mayor al 15%. De esto deberá informar previamente a la Junta Directiva para su conocimiento.


 

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