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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39316 >> Fecha 10/08/2015 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39316 - Articulo 22
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Artículo 22
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CAPÍTULO V

Prohibiciones

Artículo 22.- De los vehículos autorizados para la recolección y transporte de lodos. Los vehículos dedicados a la recolección y transporte de lodos, no podrán ser utilizados para transportar ningún otro tipo de material.


 

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