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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39316 >> Fecha 10/08/2015 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39316 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26.- De la ausencia o mal uso de los sellos de seguridad. Se prohíbe el tránsito de vehículos recolectores de lodos y biosólidos que no cuenten con el respectivo sello de seguridad o que se encuentre en mal estado de conservación. En caso de destrucción o alteración de este dispositivo de seguridad se aplicarán las sanciones establecidas en la legislación vigente.


 

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