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 Normativa >> Ley 9343 >> Fecha 25/01/2016 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 9343 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO III.- A los funcionarios excluidos de la aplicación del régimen de este Código, nombrados antes de la entrada en vigencia de esta ley, a quienes en la actualidad se les paga cesantía cuando se jubilan, pensionan o fallecen, se les mantienen esos derechos, en los montos o las proporciones que se les satisfacen.

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