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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39472 >> Fecha 18/01/2016 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39472 - Articulo 20
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Artículo 20
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CAPÍTULO IV

De los permisos provisionales

Artículo 20.—Permiso Sanitario de Funcionamiento Provisional: Cuando exista incumplimiento de la regulación por parte de un establecimiento, la DARS podrá otorgar el PSF provisional por un tiempo definido, girando Orden Sanitaria para su cumplimiento y condicionado a la presentación de un plan de acciones correctivas que permita el funcionamiento provisional del establecimiento de forma controlada, con el fin de que éste llegue a cumplir todos los requisitos establecidos por el MS, siempre y cuando el mismo no represente un riesgo inminente para la salud de los trabajadores, de terceros o del ambiente.


 

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