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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39472 >> Fecha 18/01/2016 >> Articulo 47
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39472 - Articulo 47
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Artículo 47
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CAPÍTULO X

Disposiciones Administrativas

Artículo 47.—Coordinación institucional de entrega de documentos. El permisionario cuyo establecimiento cuente con documentos que ya han sido aportados al MS, al momento de renovar el PSF, debe indicar mediante nota firmada por el representante legal únicamente aquellas modificaciones realizadas durante el proceso de implementación y el tiempo de vigencia del PSF anterior. El Ministerio no podrá solicitar la presentación de documentos que ya hayan sido entregados por el permisionario ante otra oficina del MS; correspondiendo en estos casos

hacer la coordinación institucional que establece la Ley No. 8220 del 04 de marzo del 2002 “Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos”.


 

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