Artículo 3º-De las definiciones. Para efectos de este Reglamento se
tomarán como propias las definiciones de la Normativa Internacional vigente
adoptada por el Sistema Nacional para la Calidad ISO/IEC 17000. Además se
establecen las siguientes definiciones:
Acreditación: Atestación de tercera parte relativa a un
organismo de evaluación de la conformidad que manifiesta la demostración formal
de su competencia técnica para llevar a cabo tareas específicas de evaluación
de conformidad.
Acuerdo de Reconocimiento
Multilateral: Acuerdo entre
más de dos partes por el cual cada parte reconoce o acepta los resultados de la
evaluación de conformidad de las otras partes.
Acuerdo de Reconocimiento Mutuo: Acuerdo entre dos partes por el cual cada parte
reconoce los resultados de la evaluación de conformidad de la otra parte.
Alcance de la acreditación: Extensión o características de los objetos de
evaluación de la conformidad cubiertos por una acreditación.
Competencia Técnica: Capacidad demostrada mediante la evaluación
para aplicar conocimientos y aptitudes en un área específica.
Compromiso de Acreditación: Es el documento que contiene las obligaciones
de los Organismos de la Evaluación de Conformidad Acreditados y las del Ente
Costarricense de Acreditación.
Experto Técnico: Persona física asignada por el ECA para
proveer conocimientos específicos o experiencia con respecto al alcance de
acreditación a ser evaluado.
Evaluación: Proceso realizado por el ECA para determinar
la competencia técnica de un organismo de evaluación de la conformidad con base
en determinadas normas u otros documentos normativos y para un alcance de
acreditación definido.
Evaluador: Persona física designada para ejecutar, como
parte de un equipo, la evaluación de un organismo que realiza evaluación de la
conformidad.
Evaluador líder: Persona física a quien el ECA le asigna la
completa responsabilidad para las actividades de evaluación específicas y del
equipo.
Evaluación de la conformidad: Actividad que permite la demostración del
cumplimiento de los requisitos especificados relativos a un producto, proceso,
sistema, persona u organismo.
Laboratorio clínico: Sitio dedicado a determinar y medir la
presencia o ausencia de diferentes sustancias o microorganismos en materiales
derivados del cuerpo humano, con fines diagnósticos, de prevención y
tratamiento de enfermedades.
Laboratorio de calibración: Sitio en el cual se realizan
operaciones/mediciones para definir valores que establecen la relación entre
valores de una magnitud indicada por un instrumento de referencia.
Laboratorio de ensayo: Sitio en el cual se realizan
operaciones/ensayos para identificar las características de un producto,
proceso o servicio determinado con un método específico.
Organismo de certificación: Sujeto que audita y certifica el cumplimiento
de requisitos especificados relativos a producto, proceso, sistema o persona.
Organismo de inspección y
control: Sujeto que realiza la
acción o examen del diseño de un producto, del producto, del proceso, del
servicio o de las instalaciones para determinar su conformidad con requisitos
específicos o requisitos generales, sobre la base de un juicio profesional.
Organismo de Validación o
Verificación de Gases de Efecto Invernadero: Organismo que realiza la validación o verificación de las declaraciones
sobre los Gases de Efecto Invernadero (GEi) de
organizaciones, proyectos o productos, entre otros.
OEC: Organismo que realiza servicios de evaluación
de la conformidad y que son objeto de acreditación conforme a las normas internacionales
vigentes que les aplique.