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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39508 >> Fecha 24/08/2015 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39508 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º-De las definiciones. Para efectos de este Reglamento se tomarán como propias las definiciones de la Normativa Internacional vigente adoptada por el Sistema Nacional para la Calidad ISO/IEC 17000. Además se establecen las siguientes definiciones:

Acreditación: Atestación de tercera parte relativa a un organismo de evaluación de la conformidad que manifiesta la demostración formal de su competencia técnica para llevar a cabo tareas específicas de evaluación de conformidad.

Acuerdo de Reconocimiento Multilateral: Acuerdo entre más de dos partes por el cual cada parte reconoce o acepta los resultados de la evaluación de conformidad de las otras partes.

Acuerdo de Reconocimiento Mutuo: Acuerdo entre dos partes por el cual cada parte reconoce los resultados de la evaluación de conformidad de la otra parte.

Alcance de la acreditación: Extensión o características de los objetos de evaluación de la conformidad cubiertos por una acreditación.

Competencia Técnica: Capacidad demostrada mediante la evaluación para aplicar conocimientos y aptitudes en un área específica.

Compromiso de Acreditación: Es el documento que contiene las obligaciones de los Organismos de la Evaluación de Conformidad Acreditados y las del Ente Costarricense de Acreditación.

Experto Técnico: Persona física asignada por el ECA para proveer conocimientos específicos o experiencia con respecto al alcance de acreditación a ser evaluado.

Evaluación: Proceso realizado por el ECA para determinar la competencia técnica de un organismo de evaluación de la conformidad con base en determinadas normas u otros documentos normativos y para un alcance de acreditación definido.

Evaluador: Persona física designada para ejecutar, como parte de un equipo, la evaluación de un organismo que realiza evaluación de la conformidad.

Evaluador líder: Persona física a quien el ECA le asigna la completa responsabilidad para las actividades de evaluación específicas y del equipo.

Evaluación de la conformidad: Actividad que permite la demostración del cumplimiento de los requisitos especificados relativos a un producto, proceso, sistema, persona u organismo.

Laboratorio clínico: Sitio dedicado a determinar y medir la presencia o ausencia de diferentes sustancias o microorganismos en materiales derivados del cuerpo humano, con fines diagnósticos, de prevención y tratamiento de enfermedades.

Laboratorio de calibración: Sitio en el cual se realizan operaciones/mediciones para definir valores que establecen la relación entre valores de una magnitud indicada por un instrumento de referencia.

Laboratorio de ensayo: Sitio en el cual se realizan operaciones/ensayos para identificar las características de un producto, proceso o servicio determinado con un método específico.

Organismo de certificación: Sujeto que audita y certifica el cumplimiento de requisitos especificados relativos a producto, proceso, sistema o persona.

Organismo de inspección y control: Sujeto que realiza la acción o examen del diseño de un producto, del producto, del proceso, del servicio o de las instalaciones para determinar su conformidad con requisitos específicos o requisitos generales, sobre la base de un juicio profesional.

Organismo de Validación o Verificación de Gases de Efecto Invernadero: Organismo que realiza la validación o verificación de las declaraciones sobre los Gases de Efecto Invernadero (GEi) de organizaciones, proyectos o productos, entre otros.

OEC: Organismo que realiza servicios de evaluación de la conformidad y que son objeto de acreditación conforme a las normas internacionales vigentes que les aplique.

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