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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39508 >> Fecha 24/08/2015 >> Articulo 39
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39508 - Articulo 39
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Artículo 39
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Artículo 39º-De las funciones de las Secretarías de Acreditación. Son funciones de las Secretarías de Acreditación:

a) Dar apoyo técnico a la Comisión de Acreditación.

b) Gestionar ante la Comisión de Acreditación, los casos detectados en que una acción preventiva o correctiva requiera de su opinión técnica o intervención.

c) Revisar y controlar el diseño del esquema de acreditación en el ámbito de su competencia.

d) En coordinación con la Gestoría de Calidad, definir los requisitos para la selección, calificación y seguimiento del desempeño del Cuerpo de Evaluadores y Expertos Técnicos del ECA, proceder a la selección de los mismos y emitir su criterio ante la Comisión de Acreditación sobre la competencia técnica de los postulantes.

e) Establecer la conformación de los equipos de evaluación

f) Elaborar y modificar cuando sea necesario, los procedimientos para la realización de las evaluaciones y el proceso de acreditación.

g) Asegurar que el proceso de evaluación sea transparente e imparcial.

h) Establecer las disposiciones que permitan al ECA, asegurar que los organismos acreditados continúen cumpliendo con los requisitos técnicos en virtud de los cuales se acreditaron.

i) Participar como evaluador en los procesos de evaluación y acreditación del ECA.

j) Participar activamente en los Comités Nacionales de Normalización relacionados con la evaluación de la conformidad.

k) Coordinar el Comité Asesor respectivo.

l) Elaborar y emitir los documentos técnicos de su área.

m) Participar activamente en la realización de evaluaciones pares que sean convocados.

n) Organizarse y revisar de manera correcta los informes finales de evaluación y confirmar el estado de acreditación de los OEC.

o) Revisar los informes finales de evaluación de seguimiento para confirmar el estado de acreditación de los OEC.

p) Emitir criterio con respecto a los procesos de seguimiento y reevaluación de los OEC acreditados para recomendar a la Comisión de Acreditación el inicio de un proceso de investigación.

q) Analizar, sugerir o proponer modificaciones al sistema de calidad ante la Gestoría de Calidad.

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