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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39703 >> Fecha 22/02/2016 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39703 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°.-Ámbito de aplicación. Quedan sujetos a las regulaciones del presente Reglamento, aquellas empresas o prestadores de servicios que proporcionen u ofrezcan servicios de turismo aventura en todo el territorio nacional. Los anexos 1 y 2 forman parte integral y vinculante del presente reglamento.


 

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