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 Normativa >> Reglamento 4091 >> Fecha 01/09/2016 >> Articulo 20
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Normativa - Reglamento 4091 - Articulo 20
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Artículo 20
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ARTÍCULO 20.-

La Junta Directiva del INFOCOOP podrá reformar este reglamento en el momento en que lo considere necesario, o conveniente para orientar correctamente la educación y capacitación cooperativa del país.


 

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