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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39997 >> Fecha 03/11/2016 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39997 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15.-También quedan exentas del requisito de vacunación las personas que proceden de países o zonas geográficas consideradas de riesgo, que antes de ingresar en el territorio nacional hayan permanecido por espacio de al menos seis (6) días, en un país o zona geográfica que no es de riesgo y no han desarrollado fiebre en ese período.


 

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