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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39997 >> Fecha 03/11/2016 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39997 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22.- Se instruye a las autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que por medio de las embajadas y consulados ubicados en otros países, se mantenga informada a la población sobre las disposiciones del presente Decreto Ejecutivo.


 

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