Artículo 3. — La
Junta de Vigilancia de Drogas podrá autorizar los modelos de venta para el uso
de la plataforma de Receta Digital para prescriptores, cumpliendo con lo
establecido en el Decreto Ejecutivo No. 37111-S del 12 de enero de 2012
"Reglamento para el Control de Drogas, Estupefacientes y
Psicotrópicas" publicado en el Alcance 72 a la Gaceta No. 108 del 05 de
junio de 2012.
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