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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39984 >> Fecha 01/09/2016 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39984 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6. — Las personas profesionales en medicina y odontología, autorizadas en el Sistema Receta Digital, en el ejercicio legal de sus profesiones, podrán prescribir estupefacientes y psicotrópicos con fines terapéuticos, nunca para fines distintos de los previstos en los convenios internacionales, las leyes nacionales y este reglamento, o para el mantenimiento de adicciones.


 

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