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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40018 >> Fecha 14/11/2016 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40018 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17.- Impedimento de acceso a fondos u otros activos contra las personas designadas. En el caso de las personas físicas y jurídicas designadas en las listas del presente capítulo, como medida inmediata, se le impedirá el acceso a fondos u otros activos por parte de toda persona física o jurídica dentro del país que mantenga cualquier tipo de relación comercial para evitar que se beneficie directa o indirectamente.


 

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