Artículo 42. Tiempo de entrega de mensajes de texto (IM-15). El tiempo de entrega
de mensajes de texto (IM-15), para el cual se toma como referencia la
norma ETSI EG 202 057-2, será medido como la razón porcentual de la cantidad de
mensajes de texto entregados dentro del tiempo máximo (umbral) que
establezca la SUTEL, con respecto de la cantidad total de mensajes de
texto entregados, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Las estadísticas tiempo de entrega de mensajes de texto (IM-15) deben
reflejar adecuadamente las variaciones de tráfico a lo largo de las horas del
día, los días de la semana y los meses del año, de acuerdo con los
procedimientos de medición que adopte la SUTEL.
En caso que el valor de IM-15 sea superior o igual al margen de
tolerancia que establezca la SUTEL, el cumplimiento de este indicador será del
100%; en caso contrario, el cumplimiento de este indicador se calculará de la
siguiente forma:
En la formula anterior la abreviatura FR se refiere a Factor de
Rigurosidad, y su valor se indica en el artículo 47 del presente reglamento.
Este indicador es aplicable a todo Operador Móvil Virtual (OMV) que
cuente con su propio centro de mensajería de texto.
|