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 Normativa >> Reglamento 009 >> Fecha 15/02/2017 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento 009 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º.- Siglas y acrónimos. Para efectos de interpretación del presente Reglamento, se especifican las siguientes siglas y acrónimos:

APC: Administrador de Proyectos de Construcción del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.

ASADA: Asociación Administradora de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales.

AyA: Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.

GAM: Gran Área Metropolitana.

MINAE: Ministerio de Ambiente y Energía.

NEC: Código Eléctrico Nacional (por sus siglas en inglés National Electrical Code).

NFPA: Asociación Nacional de Protección contra el Fuego (por sus siglas en inglés National Fire Protection Association).

NIS: Número de Identificación del Servicio.

TEP-2: Trámite para Aprobación de Plantas de Tratamiento para Aguas Residuales.

TREBAR-2: Trámite para Recepción de estaciones de bombeo de aguas residuales de urbanizaciones y condominios para ser administradas, operadas y controladas por el AyA, que se encuentren administradas por otras instituciones.

TRPTAR-1: Trámite para Recepción de plantas de tratamiento de aguas residuales de urbanizaciones y condominios para ser administradas, operadas y controladas por el AyA, que se encuentren administradas por otras instituciones, asociaciones o particulares.

UEN: Unidad Estratégica de Negocios.


 

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