Artículo
2º- El costo de
la verificación del presente reglamento deberá cubrirlo el Estado conforme la
Ley No. 5395 del 30 de octubre de 1973, “Ley General de Salud” y la Ley No.
7472 del 20 de diciembre de 1994, “Ley de Promoción de la Competencia y Defensa
Efectiva del Consumidor”. Los costos que se incurran por solicitud o debido al incumplimiento
del administrado se cobrarán directamente a éste.
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