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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 02/06/2017 >> Articulo 26
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 26
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Artículo 26
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CAPÍTULO VIII

Manejo de residuos peligrosos, biológicos e infecciosos

Artículo 26.—Manejo de residuos peligrosos. Los residuos peligrosos que se generen en las actividades industriales y de servicios deben ser manejados de conformidad con el Reglamento sobre Residuos Peligrosos Industriales vigente y deben ser entregados por sus generadores industriales y comerciales a un gestor autorizado.


 

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