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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40200 >> Fecha 27/04/2017 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40200 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19.- Seguimiento para el cumplimiento del presente Decreto.

La Comisión Nacional por un Gobierno Abierto dará seguimiento al cumplimiento de lo establecido en este Decreto, para lo cual habilitará una cuenta electrónica y dará debida divulgación.


 

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