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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40386 >> Fecha 20/03/2017 >> Articulo 51
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40386 - Articulo 51
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Artículo 51
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Artículo 51—Seguimiento de recomendaciones. El Auditor Interno del TRA debe establecer el programa de seguimiento de las recomendaciones emitidas producto de los estudios de auditoría así como de aquellas, que sean de su conocimiento, emitidas por la Contraloría General de la República y demás órganos competentes, con la finalidad de verificar si las recomendaciones fueron implementadas con base en el cronograma del plan de acción de la Administración activa.

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