Artículo 16.- Recursos contra la resolución de la gestión. Contra la resolución
que resuelve el rechazo o archivo de la solicitud, se podrá interponer los
recursos ordinarios de revocatoria ante la misma oficina que dictó el acto, y
de apelación ante el CONAC, en el término de 3 días hábiles contados a partir
del momento de su notificación.
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