Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40548 >> Fecha 12/07/2017 >> Articulo 76
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 76     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 40548 - Articulo 76
Ir al final de los resultados
Artículo 76
Versión del artículo: 1  de 1

SECCIÓN VII

REPRODUCCIÓN NO COMERCIAL CON FINES DE CONSERVACIÓN

Artículo 76.- Programas de reproducción en zoocriaderos sin fines comerciales. El SINAC podrá coordinar programas de reproducción con fines de conservación con los zoocriaderos sin fines comerciales, cuando científicamente se determine que el estado poblacional de una o varias especies así lo requieren. El objetivo de esta reproducción será la liberación de los animales nacidos en cautiverio o el mantenimiento como un banco de genes.


 

Ir al inicio de los resultados