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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40548 >> Fecha 12/07/2017 >> Articulo 95
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40548 - Articulo 95
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Artículo 95
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SECCIÓN X

DE LOS ANIMALES SILVESTRES DECOMISADOS, RESCATADOS O

ENTREGADOS

Artículo 95.- Coordinación interinstitucional de las acciones de rescate. El SINAC coordinará las acciones de rescate con otros entes Estatales y definirá los mecanismos necesarios para garantizar que el manejo de la fauna silvestre sea realizado con criterios técnico científicos y por personal capacitado en manejo de vida silvestre.


 

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