Artículo 15.—Reformar el artículo 23 del Decreto Ejecutivo N° 38772-C del 26 de noviembre
de 2014 denominado Reglamento a la Ley
9211 – Ley sobre Premios Nacionales de Cultura, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta N° 18 del 27 de enero
de 2015, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
“Artículo 23.—Declaratoria de desierto. Los Premios Nacionales de Cultura, en cualquiera de sus modalidades y
expresiones, podrán declararse desiertos, cuando a juicio del respectivo Jurado
Calificador no haya candidatos idóneos para su reconocimiento. La resolución
que así lo declare, deberá cumplir con las mismas formalidades establecidas
para el fallo que otorga a alguno de los postulados.”
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