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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40603 >> Fecha 17/07/2017 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40603 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6°—Reformar el artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 38772-C del 26 de noviembre de 2014 denominado Reglamento a la Ley 9211 – Ley sobre Premios Nacionales de Cultura, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 18 del 27 de enero de 2015, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 8°—Postulaciones. Cualquier persona, física o jurídica, podrá presentar ante la Unidad Administradora respectiva, el nombre de la o las personas, grupos u organizaciones que postulan como candidatos a uno de los Premios Nacionales de Cultura.

Para postularse deberá completar los siguientes datos:

a. Nombre completo.

b. Datos de contacto (teléfono, correo electrónico) del postulado y del postulante.

c. Indicación del lugar donde se puede apreciar el trabajo del postulado y datos de contacto de ese lugar, si los tuviera.

d. Una justificación de las razones que motivan la postulación.

No podrán ser valoradas por el jurado, las propuestas que no realicen formalmente este procedimiento de postulación.”


 

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