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 Normativa >> Ley 9518 >> Fecha 25/01/2018 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 9518 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3-Interés público. Se declara de interés público la promoción del transporte eléctrico, público y privado, para cumplir con los compromisos adquiridos en los convenios internacionales ratificados por el país y el artículo 50 de la Constitución Política.

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