Buscar:
 Normativa >> Ley 3065 >> Fecha 20/11/1962 >> Articulo 5
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 5     >>
Normativa - Ley 3065 - Articulo 5
Ir al final de los resultados
Artículo 5
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior
5

Artículo 5°- Las disposiciones de esta ley se aplicarán también al Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillado, que fue creado como institución semi-autónoma del Estado, y a cualesquiera otras que con tal carácter se llegaren a crear.

Ir al inicio de los resultados