Artículo 24.- Del Foro Consultivo y sus funciones. El Foro Consultivo
estará integrado por las personas representantes de los Comités Regionales
y tendrá las siguientes funciones:
1. Asistir a las sesiones de trabajo del Foro Consultivo convocadas por
la Junta Directiva o Dirección Ejecutiva con el objetivo de discutir los
asuntos que les propongan y los que las Asambleas Regionales les eleve.
2. La persona suplente del Foro Consultivo podrá asistir a las sesiones
de trabajo únicamente en ausencia de la persona propietaria.
3. Dentro del seno del Foro Consultivo se nombrará una persona que
coordine, y una persona que esté a cargo de la secretaría, estos nombramientos
serán por el periodo en que se encuentren nombrados.
4. Deberán contar con un libro de actas en que se registren los acuerdos
alcanzados y serán firmadas por la persona que asuma la coordinación y la secretaria
del Foro Consultivo.
5. Conocerá los resultados de las consultas que se realicen a las
Asambleas Regionales sobre los proyectos de ley, reglamentos, planes, políticas
y programas y presentará un informe unificado a la Instancia del CONAPDIS que
la haya solicitado.
6. Comunicar a las Asambleas Regionales los acuerdos que la Junta
Directiva y la Dirección Ejecutiva tome de los asuntos que hayan sido elevados
a esas instancias
7. Elaborar y trasladar un informe anual a las Asambleas Regionales de
las acciones realizadas, acuerdos tomados, cumplimiento de acuerdos.
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