Artículo 30.- En la última sesión ordinaria de cada año, la Junta
Directiva del CONAPDIS nombrará a una persona para que ocupe el cargo de la
Presidencia, a una persona para el cargo de la Vicepresidencia y a una persona
para que ocupe el cargo de la Secretaría. Estos nombramientos tendrán una
vigencia de un año y podrán ser reelegidos. En ausencia de la presidencia y la
vicepresidencia, la Junta Directiva nombrará a uno de sus miembros en la
Presidencia ad hoc para el desempeño de sus funciones.
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