Artículo 61.- Atribuciones. Son las encargadas de tener una mayor
presencia y proyección en el ámbito regional y local, articulando las
políticas, planes y proyectos con las acciones y la rectoría en el nivel
regional y local, con diferentes acciones, así como los servicios que
garantizan el desarrollo integral de las personas con discapacidad.
Corresponde a las Sedes Regionales proponer lineamientos
institucionales, conforme con los requerimientos de cada región y los factores
sociales, culturales, físicos, históricos, políticos y económicos, en materia
de la gestión propuesta. Debe desarrollar en coordinación con las diferentes
Direcciones, las actividades especializadas y los proyectos institucionales,
así como proponer, controlar y dar seguimiento a los indicadores de gestión en
cada una de las actividades que se desarrollen en las regiones en las cuales
operan.
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