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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41088 >> Fecha 30/04/2018 >> Articulo 76
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41088 - Articulo 76
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Artículo 76
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Artículo 76.- Todas las dependencias y personas funcionarias del CONAPDIS deberán prestar colaboración a la Contraloría de Servicios, la cual tendrá libre acceso a cualquier fuente de información relacionada con la prestación del servicio institucional, con excepción de aquellos expedientes por medio de los cuáles se estén tramitando investigaciones preliminares, procesos ordinarios administrativos o procesos sumarios, que aún no hayan finalizado. De igual manera la Contraloría de Servicios no tendrá acceso a la información personalísima sensible de los funcionarios y funcionarias de la institución y personas usuarias que no lo hayan autorizado expresamente.


 

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