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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41092 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41092 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17.—Revisión en el Departamento de Gestión de Exenciones. 1. El Departamento de Gestión de Exenciones revisará la conformidad de la solicitud con la legislación respectiva y emitirá la autorización de exención en un plazo máximo de un mes natural.

2. En caso de encontrarse inconsistencias en la solicitud, se devolverá la misma al interesado o bien al Órgano Fiscalizador de Revisión Técnica del Consejo de Seguridad Vial para aclarar o adicionar la información consignada, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles.


 

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