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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41092 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41092 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio Único. El Ministerio de Obras Públicas y Transportes, por medio del Consejo de Seguridad Vial y el Ministerio de Ambiente y Energía, suscribirán un convenio de cooperación interinstitucional, para que, en el plazo de 3 años, el MINAE, continúe realizando la constancia a la que hace referencia el artículo 15 del presente cuerpo normativo, la cual será avalada y entregada por el Órgano Fiscalizador de Revisión Técnica del Consejo de Seguridad Vial.

Posterior al vencimiento de convenio antes mencionado, el Órgano Fiscalizador de Revisión Técnica del Consejo de Seguridad Vial asumirá en su totalidad esa función.

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