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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41092 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41092 - Articulo 14
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Artículo 14
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Artículo 14.— Revisión en el Departamento de Gestión de Exenciones. El Departamento de Gestión de Exenciones revisará la conformidad de la solicitud con la legislación respectiva y emitirá la autorización de exención en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

En caso de encontrarse inconsistencias en la solicitud, se devolverá la misma al interesado o bien al Órgano Fiscalizador de Revisión Técnica del Consejo de Seguridad Vial para aclarar o adicionar la información consignada, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41428 del 7 de noviembre de 2018)

(Corrida la numeración por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41428 del 7 de noviembre de 2018, que lo traspaso del antiguo artículo 17) al 14), ya que se ordenó derogar los numerales 10, 11 y 12 y correr la numeración de los restantes artículos.)

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