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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41158 >> Fecha 17/05/2018 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41158 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°—Funciones. Las principales funciones del

Comisionado serán:

a) Dar seguimiento y evaluar los planes contra todo tipo de discriminación por orientación sexual e identidad y expresión de género en las instituciones públicas.

b) Apoyar la promoción y avance de proyectos de ley y políticas públicas destinadas al respeto de los derechos de las personas LGBTI.

c) Establecer mecanismos de participación de la sociedad civil en el diseño y evaluación de programas y políticas públicas, entre otros.

d) Coadyuvar en la elaboración de una Política Nacional para una Sociedad Igualitaria Libre de Discriminación por Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género, en la cual se establezca un plan de acción, que comprenda acciones institucionales específicas con metas e indicadores que permitan y promuevan el respeto de la orientación sexual e identidad y expresión de género, la prevención y eliminación de la violencia y discriminación contra las personas LGBTI, así como el respeto de los derechos de las parejas conformadas por personas del mismo sexo.

e) Apoyar en la ejecución de políticas públicas específicas como la Política para Mujeres Lesbianas y Bisexuales, la Política para la Inclusión educativa, formación y empleo para personas Trans, así como la Norma de atención de Salud para las personas Intersex.

f) Dar seguimiento a las políticas contra discriminación hacia la población LGBTI establecidas en los Decretos Ejecutivos N° 38999 del 12 de mayo de 2015 y N° 40422 del 25 de mayo de 2017.

g) Coordinar con los diferentes Ministerios e instituciones de gobierno, y otros organismos nacionales e internacionales, todas las actividades relacionadas con garantizar la igualdad plena a las personas LGBTI en el país y el disfrute de sus derechos.

h) Representar oficialmente al Gobierno de la República en actividades relacionadas.

i) Coordinar con distintas instancias públicas, tales como el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE) y el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), a fin de recolectar datos sobre identidad de género y orientación sexual para poder alimentar políticas públicas específicas de acuerdo con las distintas necesidades particulares.

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