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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41103 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41103 - Articulo 32
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Artículo 32
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ARTÍCULO 32.- Salidas de emergencia. Se aplicará lo dispuesto por la Ley del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica número 8228, su Reglamento aprobado vía Decreto Ejecutivo N° 37615-MP o sus reformas.


 

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