Artículo 13.- Comisión de Reforma Administrativa. Esta Comisión
actuará con fundamento en la organización y funciones establecidas para la
Comisión de Eficiencia Administrativa, creada mediante el artículo 17 de la Ley
N° 5525 del 02 de mayo de 1974 “Ley de Planificación Nacional”, y estará
coordinada por la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica. El
Presidente de la República, mediante Acuerdo Presidencial, definirá los
integrantes de la Comisión de Reforma Administrativa. La organización y
funciones de la Comisión se regirán por lo que al efecto se dispone en el Decreto
Ejecutivo N° 36175 de 17 de agosto de 2010, “Integración de la Comisión de Eficiencia
Administrativa”.
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