Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41187 >> Fecha 20/06/2018 >> Articulo 13
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 13     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 41187 - Articulo 13
Ir al final de los resultados
Artículo 13
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 13.- Comisión de Reforma Administrativa. Esta Comisión actuará con fundamento en la organización y funciones establecidas para la Comisión de Eficiencia Administrativa, creada mediante el artículo 17 de la Ley N° 5525 del 02 de mayo de 1974 “Ley de Planificación Nacional”, y estará coordinada por la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica. El Presidente de la República, mediante Acuerdo Presidencial, definirá los integrantes de la Comisión de Reforma Administrativa. La organización y funciones de la Comisión se regirán por lo que al efecto se dispone en el Decreto Ejecutivo N° 36175 de 17 de agosto de 2010, “Integración de la Comisión de Eficiencia Administrativa”.


 

Ir al inicio de los resultados