Artículo 101
Artículo 101.--Los Magistrados
del Tribunal Supremo de Elecciones durarán en sus cargos seis años. Un propietario
y un suplente deberán ser renovados cada dos años, pero podrán ser reelectos.
Los Magistrados del
Tribunal Supremo de Elecciones gozaran de las inmunidades y prerrogativas que corresponden a los
miembros de los Supremos Poderes. (*)
(*) Ver artículos
transitorios.
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