Artículo 56
Artículo 56.--El
trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad. El Estado
debe procurar que todos tengan ocupación honesta y útil, debidamente
remunerada, e impedir que por causa de ella se establezcan condiciones que en
alguna forma menoscaben la libertad o la dignidad del hombre o degraden su
trabajo a la condición de simple mercancía. El Estado garantiza el derecho de
libre elección de trabajo.
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