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 Normativa >> Constitución Política 0 >> Fecha 07/11/1949 >> Articulo 81
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Normativa - Constitución Política 0 - Articulo 81
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Artículo 81
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Artículo 81

Artículo 81.--La dirección general de la enseñanza oficial corresponde un consejo superior integrado como señale la ley, presidido por el Ministro del ramo.


 

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