Buscar:
 Normativa >> Reglamento 73 >> Fecha 18/12/2018 >> Articulo 40
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 40     >>
Normativa - Reglamento 73 - Articulo 40
Ir al final de los resultados
Artículo 40
Versión del artículo: 1  de 1

CAPÍTULO II

ASIGNACIÓN POR CONCURSO

Artículo 40.- Formulación de los proyectos de acceso y servicio universal. La elaboración y el establecimiento de las condiciones técnicas, legales y financieras; necesarias para la promoción de un proyecto o programa financiado por medio de Fonatel mediante un concurso público, deberá considerar la formulación de dichos proyectos o programas llevada a cabo por la Sutel, mediante un procedimiento creado para tal efecto, mediante el cual se identificarán, formularán, ejecutarán y evaluarán los proyectos respectivos.

Este procedimiento debe incluir, al menos, lo siguiente: determinación del alcance (población objetivo, alcance geográfico y temporal, presupuesto y objetivos), estudio de mercado; factibilidad técnica, financiera, legal y ambiental, requerimientos de calidad y un Sistema de Monitoreo y Evaluación, que contemple metas, indicadores y supuestos a nivel de producto, objetivo general y objetivo superior, así como la evaluación de impacto.


 

Ir al inicio de los resultados