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 Normativa >> Reglamento 73 >> Fecha 18/12/2018 >> Articulo 46
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Normativa - Reglamento 73 - Articulo 46
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Artículo 46
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Artículo 46.- Supervisión y seguimiento de los programas y proyectos. A la Sutel le corresponderá, de forma directa o indirecta, la supervisión y fiscalización de las obligaciones de acceso universal, servicio universal y solidaridad.


 

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