Artículo 59.- Rendición de cuentas de la Sutel. De conformidad con
las obligaciones contenidas en la Ley General de Telecomunicaciones, la Sutel
deberá presentar a la Contraloría General de la República y al Ministro rector
del sector de telecomunicaciones, los informes semestrales y un informe
anual a la Asamblea Legislativa, que incluyan la siguiente información:
a) Las estadísticas relevantes, sobre la cobertura de los servicios de
telecomunicaciones.
b) Los estados financieros, auditados de Fonatel.
c) Un informe sobre el desempeño de las actividades de Fonatel y el
estado de ejecución de los proyectos que éste financia, así como la información
financiera correspondiente desglosada por proyecto.
La Contraloría General de la República y el Ministro rector del sector
de telecomunicaciones, podrán solicitar los informes adicionales que sean
necesarios para garantizar la transparencia y el uso eficiente de los recursos de
Fonatel.
Los informes semestrales, comprenderán los períodos establecidos en el
artículo 19 de este reglamento.
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